OBSERVATORIO LEGISLATIVO CONTRA LA CORRUPCIÓN

Marco Normativo [8]

4083
2011
CREA EL PROGRAMA DE ACOMPAÑAMIENTO Y PROTECCIÓN A TESTIGOS Y VÍCTIMAS EN PROCESOS PENALES
CONFLICTO DE INTERESES,DEBER DE FUNCIONARIOS PÚBLICOS DE DENUNCIAR ACTOS DE CORRUPCIÓN,PROTECCIÓN DE TESTIGOS Y DENUNCIANTES,SISTEMAS PARA PROTEGER A FUNCIONARIOS PÚBLICOS Y CIUDADANOS QUE DENUNCIEN ACTOS DE CORRUPCIÓN
Ley4083-11.pdf 421,58 KB
Ley 4083 del 20 de mayo de 2011. Implementa medidas de asistencia y protección dirigidas a quienes se encuentren en situación de riesgo o peligro cierto, como consecuencia de su intervención como testigos en un proceso penal o la situación de víctima de un delito, así como para los imputados o cualquier otra persona que se encuentre en situación de riesgo o peligro cierto para su vida, libertad o integridad tanto física como psíquica, la de sus bienes o de las demás personas vinculadas, por su intervención o colaboración en la investigación de un delito o participación en un proceso penal. El Programa dependerá de la Fiscalía General del Estado, a cargo de un Director del Programa, que será designado por el Fiscal General de Estado, con las facultades expresamente establecidas en la presente Ley. Regula sobre los principios básicos que guían al Programa; de la solicitud, duración y cese de las medidas; de la implementación y seguimiento de las medidas; de las clases de medidas; de los derechos y obligaciones de las personas protegidas, entre otras disposiciones. (18 artículos, pp. 5 - 11).-

Esta plataforma fue elaborada gracias al apoyo del Programa de Democracia y Gobernabilidad de la Agencia de los Estados Unidos para el Desarrollo Internacional (USAID/Paraguay),
implementado por el Centro de Estudios Ambientales y Sociales (CEAMSO).

El contenido es responsabilidad de sus autores y no representa la posición u opinión de la USAID o del Gobierno de los Estados Unidos de América.