OBSERVATORIO
LEGISLATIVO CONTRA LA
CORRUPCIÓN
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OEA
CONVENCIÓN INTERAMERICANA CONTRA LA CORRUPCIÓN
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Cumple con la recomendación
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Tipo | Situación |
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Recomendaciones |
a) Tipificar, con sujeción a su Constitución y a los principios fundamentales de su ordenamiento jurídico, la conducta de soborno transnacional b) Adoptar, con sujeción a su Constitución y a los principios fundamentales de su ordenamiento jurídico, las medidas pertinentes que prohíban y sancionen a las empresas domiciliadas en su territorio que incurran en la conducta c) Adoptar las medidas pertinentes para que en relación con la figura penal a través de la cual se tipifique como delito la conducta descrita en el artículo VIII de la Convención, exista claridad respecto a lo que debe entenderse por “funcionario público de otro Estado” d) Adoptar las disposiciones y medidas que considere apropiadas, incluyendo la posibilidad de adoptar una ley de cooperación internacional, a los fines de dar cumplimiento al tercer párrafo del artículo VIII de la Convención, que dispone que aquel Estado parte que no haya tipificado el soborno transnacional brinde la asistencia y cooperación previstas en la Convención, en relación con este delito, en la medida que sus leyes lo permitan. |
Marco Jurídico Vigente |
Código Penal, artículos 300 al 304. En el año 2019 se ha sancionado y promulgado la Ley N° 6430/2019 “Que previene, tipifica y sanciona los hechos punibles de cohecho transnacional y soborno transnacional”. |
Ley1160-97-CP.zip 5,12 MB Ley6430-19.pdf 184,96 KB |
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Se adecua o no a la convención? |
Mediante la reciente Ley N° 6430/2019, Paraguay tipificó los hechos punibles de soborno y cohecho transnacional, y los conectó con el lavado de activos, a través de la Ley N° 6.452 No obstante, el tema, de reciente tipificación en la legislación penal, puede ser objeto de mayor desarrollo normativo, a través de un Ley de Cooperación Internacional. |
Esta plataforma fue elaborada gracias al apoyo
del Programa de Democracia y Gobernabilidad de la Agencia de los Estados
Unidos para el Desarrollo Internacional (USAID/Paraguay),
implementado por el Centro de Estudios Ambientales y Sociales
(CEAMSO).
El contenido es responsabilidad de sus autores y no representa la posición u opinión de la USAID o del Gobierno de los Estados Unidos de América.