OBSERVATORIO LEGISLATIVO CONTRA LA CORRUPCIÓN

Convenciones, Temas e interacciones

ÓRGANOS DE CONTROL SUPERIOR
OEA
CONVENCIÓN INTERAMERICANA CONTRA LA CORRUPCIÓN
■■■■■■■■■■
Cumple con la recomendación pero faltan ajustes

Análisis

Tipo Situación
Recomendaciones • Fortalecer el sistema de control de las aludidas disposiciones seleccionadas y sus órganos de control superior
• Asegurar que las leyes relativas a los órganos de control superior estén en plena vigencia, aplicando cuando sea el caso las recomendaciones sobre revisar o desarrollar normativa pertinente, y que puedan ser extendidas a todos los funcionarios y empleados públicos
Marco Jurídico Vigente Constitución de la República, artículos 244, 245, 246, 265, 266, 281, 284,
Ley 276/1992, Orgánica de la Contraloría General de la República
Código de Organización Judicial
Ley 1562/2000, Orgánica del Ministerio Público
Ley 1535/2000, de Administración Financiera del Estado
Código Procesal Penal
Ley 1626/2000, de la Función Pública
CNRP-92.pdf 279,35 KB
Ley276-94.pdf 84,81 KB
Ley1562-00 (1).pdf 2,12 MB
Ley1535-00 (1).pdf 1,54 MB
Ley1626-00 (1).pdf 2,73 MB
Se adecua o no a la convención? En la II Ronda, Paraguay ha presentado como un avance en la materia, la promulgación de la Ley 2248/2003, que supera el conflicto de competencia que se daba entre la Contraloría General de la República y el Tribunal de Cuentas.
Por otro lado, se presenta un vacío legal sobre el juzgamiento de las rendiciones de cuentas públicas .
Tanto en las Rondas III y IV, el Comité reitera la necesidad de que Paraguay preste atención adicional a la implementación de las citadas medidas.

Esta plataforma fue elaborada gracias al apoyo del Programa de Democracia y Gobernabilidad de la Agencia de los Estados Unidos para el Desarrollo Internacional (USAID/Paraguay),
implementado por el Centro de Estudios Ambientales y Sociales (CEAMSO).

El contenido es responsabilidad de sus autores y no representa la posición u opinión de la USAID o del Gobierno de los Estados Unidos de América.