OBSERVATORIO
LEGISLATIVO CONTRA LA
CORRUPCIÓN
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OEA
CONVENCIÓN INTERAMERICANA CONTRA LA CORRUPCIÓN
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Cumple con la recomendación pero faltan ajustes
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Tipo | Situación |
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Recomendaciones |
• Fortalecer el sistema de control de las aludidas disposiciones seleccionadas y sus órganos de control superior • Asegurar que las leyes relativas a los órganos de control superior estén en plena vigencia, aplicando cuando sea el caso las recomendaciones sobre revisar o desarrollar normativa pertinente, y que puedan ser extendidas a todos los funcionarios y empleados públicos |
Marco Jurídico Vigente |
Constitución de la República, artículos 244, 245, 246, 265, 266, 281, 284, Ley 276/1992, Orgánica de la Contraloría General de la República Código de Organización Judicial Ley 1562/2000, Orgánica del Ministerio Público Ley 1535/2000, de Administración Financiera del Estado Código Procesal Penal Ley 1626/2000, de la Función Pública |
CNRP-92.pdf 279,35 KB Ley276-94.pdf 84,81 KB Ley1562-00 (1).pdf 2,12 MB Ley1535-00 (1).pdf 1,54 MB Ley1626-00 (1).pdf 2,73 MB |
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Se adecua o no a la convención? |
En la II Ronda, Paraguay ha presentado como un avance en la materia, la promulgación de la Ley 2248/2003, que supera el conflicto de competencia que se daba entre la Contraloría General de la República y el Tribunal de Cuentas. Por otro lado, se presenta un vacío legal sobre el juzgamiento de las rendiciones de cuentas públicas . Tanto en las Rondas III y IV, el Comité reitera la necesidad de que Paraguay preste atención adicional a la implementación de las citadas medidas. |
Esta plataforma fue elaborada gracias al apoyo
del Programa de Democracia y Gobernabilidad de la Agencia de los Estados
Unidos para el Desarrollo Internacional (USAID/Paraguay),
implementado por el Centro de Estudios Ambientales y Sociales
(CEAMSO).
El contenido es responsabilidad de sus autores y no representa la posición u opinión de la USAID o del Gobierno de los Estados Unidos de América.